VENTAJAS DE CONTAR CON UN DELEGADO DE PROTECCIÓN DE DATOS EN LA ORGANIZACIÓN

En artículos anteriores he mencionado las actividades que han de contar con un Delegado de Protección de Datos, a parte de las empresas que desde la entrada en vigor del Reglamento Europeo sobre Protección de Datos obliga a tener esta figura, cuando se traten un gran volumen de datos de carácter personal o bien que tengan un gran volumen de datos calificados como especialmente protegidos.

Pero ¿cuáles son las ventajas con contar con un Delegado de Protección de datos?, y es aquí donde tanto el futuro Delegado como la Empresa tienen que tener muy claro el fin fundamental de la legislación sobre protección de datos. ….

La legislación que se aplica en toda Europa desde el pasado día 25 de mayo, parte de una premisa principal que es tener una actitud proactiva en el control de los datos de carácter personal de la empresa y la que es responsable de su tratamiento.

En la aplicación de esta actitud proactiva se ha de diseñar desde el inicio una actuación estratégica en materia de protección de datos, esta acción estratégica compuesta de diversos procedimientos y sistemas de control hará que se tenga un control especifico sobre el tratamiento de datos, así como establecer sistemas de control y verificación.

Las Entidades deben de contar para la eficacia del sistema de gestión de los datos de carácter personal un sistema de información, y lo lógico es que el Delegado de Protección de Datos participe desde el principio en la elaboración de este sistema, el cual como ya he mencionado debe estar estructurado y protocolarizado, al contar con este profesional, se crea una conciencia sobre la necesidad de una buena utilización de los datos de carácter personal.

Actualmente muy pocas organizaciones cuentan con una planificación especifica sobre esta materia, lo que es un gran impedimento para el Delegado de Protección de Datos al tener que realizar sus tareas dentro de la Empresa, pues obliga al profesional al no saber en qué puesto de trabajo, se puede producir un problema o facilitar su asesoramiento.

La figura de Delegado de Protección de Datos puede encontrarse dentro de la organización o ser externo a ella como profesional independiente, y por la evolución del mercado creo que será esta figura la que más sea utilizada. Esta forma de participación puede suponer que no se cuente con el profesional de forma habitual o que se creen procedimientos sin su asesoramiento, lo que pude dar lugar a problemas futuros por la fuga de información, o contar con este profesional casi en exclusiva cuando exista una queja o ante una inspección del Órgano regulador.

Entiendo que una figura apta para el desempeño de la tarea de Delegado de Protección de Datos dentro de una organización debe ser un profesional que tenga amplios conocimientos de la actividad o negocio de la Empresa, así como de conocimientos técnicos sobre la gestión de protección de datos.

Por último, recordar cuales son las funciones que la legislación le otorga al Delegado de Protección de Datos, que entre otras que pueda añadir a la hora de mejorar procedimientos dentro de la empresa se encuentran, Informar, Asesorar, Supervisar, Cooperar con las Autoridades de Supervisión y servir de contacto con estas mismas autoridades.

 

Antonio García Herráiz,  Profesor de Delegado Protección de Datos, Director de Seguridad, Graduado Social.

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